APERTURA DE FRONTERAS ARGENTINA

Publicado el martes 21 de septiembre de 2021


El jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, comunicaron una serie de medidas como consecuencia del análisis epidemiológico, que arroja una evolución favorable de diversos indicadores sanitarios en nuestro país (16 semanas consecutivas de descenso de casos de COVID-19 y 14 semanas corridas de disminución de la ocupación de camas de terapia, entre otros), y del avance de la campaña de vacunación, que ya alcanzó al 63,4% de la población con primera dosis y al 43,7% con esquema completo.

Por instrucción del presidente Alberto Fernández, los ministerios de Turismo y Deportes, Salud, Interior, Seguridad y Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto resolvieron avanzar en las siguientes aperturas:

  • Se habilita un aforo del 50% en eventos masivos de más de 1000 personas a partir del 1 de octubre, con protocolo específico.
  • Se autorizan los viajes grupales de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas y estudiantes.
  • En relación con la apertura gradual de fronteras, se elimina la condición del aislamiento para argentinos, argentinas, residentes y personas provenientes del exterior por motivos laborales a partir del 24 de septiembre. Desde el 1 de octubre, se autorizará el ingreso sin aislamiento de extranjeros y extranjeras desde países limítrofes sin aislamiento en corredores seguros. Ese cupo aumentará hasta la habilitación total para extranjeros de cualquier lugar del mundo, que será el 1 de noviembre. En todos los casos, quienes no presenten el esquema de vacunación completo deberán cumplir con la cuarentena de siete días, el test de antígeno al ingreso y el PCR al séptimo día.
  • Se elimina la obligatoriedad del uso de tapabocas al aire libre en situación de circulación y sin aglomeraciones de personas alrededor.
  • Se eliminan los límites de personas para reuniones sociales.
  • Se amplía al 100% el aforo en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales.
  • Se habilitan las actividades en salones de fiestas o similares para personas que acrediten el esquema completo de vacunación 14 días antes al evento o con una dosis más test diagnóstico negativo 48 horas antes.